Medios de actuación ante conductas infractoras en redes sociales
Álvaro González López-Menchero de Protectia Patentes y marcas
Como continuación del post que publicamos anteriormente, revisaremos las medidas para atajar las actuaciones realmente infractoras de la marca.
- 1. PREVENCIÓN
Algunos expertos apuntan que resulta conveniente registrar las marcas principales de nuestra empresa y productos como nicks (nombre de usuario) en las redes sociales y retroalimentarlas para mantenerlas activas.
Sin embargo, en Protectia no nos mostramos especialmente partidarios de este instrumento por diferentes razones:
- Lo entendemos como una extorsión al titular por parte del gestor de la red social en cuanto a verse avocadoabrir cuentas en todas ellas.La libertad de las personas supone decidir si utilizan este canal de promoción o no y no debería convertirse en una obligación, cayendo en una tiranía de uso necesario de estos espacios.
- Lo segundo,una vez generada el alta es necesario retroalimentar con información estas páginas para mantenerlas con actividad, lo cual supone mucha inversión de tiempo y/o dinero.
- Además, el cambio de una letra o la inclusión de una referencia numérica en el nombre del Nick hace válido la creación de usuarios paralelos prácticamente iguales o evocativos a los registrados por el titular de la marca.
- Cada empresa debe definir en qué redes sociales participar en base a dónde está su público objetivo. No siempre hay que estar en todas las redes sociales desde el punto de vista del Marketing.
No obstante, esta medida profiláctica existe y por eso la apuntamos.
2. RECLAMACIÓN AL GESTOR DE RED SOCIAL.
La totalidad de las empresas propietarias de redes sociales cuentan con condiciones generales que el usuario debe aceptar antes de completar el alta.
Dentro de esas condiciones, en donde la empresa intenta exonerarse de cualquier responsabilidad de los contenidos vertidos en las páginas de sus usuarios, se incluyen referencias a lo que se consideran malas praxis e infracciones.
La controversia surge porque son ellos los que “legislan” sus condiciones para determinarun comportamiento como infracción; cuando en realidad deberían estar sujetos a una normativa común internacional que homologara y regulara el criterio de uso vulnerador de una marca.
No obstante, ante esta escasez normativa común en cada red social existe un correo para notificar vulneraciones de derechos, en la que normalmente nos piden rellenar un formulario e identificar el registro del que somos propietarios.
Esta vía hay que consumirla ya que es económica y veloz.
- 3. USUARIO INFRACTOR
En paralelo a la notificación anterior al propietario del alojamiento de la red social, si el usuario puede ser identificado, recomendamos enviar una reclamación vía burofax digital, advirtiéndole de la vulneración y apercibiéndole con tomar medidas coercitivasen caso de no desistir, estás sí plenamente reguladas y legitimadas por el Ordenamiento Jurídico.
Con estos dos instrumentos se resuelven el 90% de los casos molestos de una forma rápida, eficaz y barata.
- 4. HERRAMIENTAS JURÍDICAS TRADICIONALES DE DEFENSA
Finalmente nos resta recurrir a la vía judicial de defensa de los derechos.
Esto significa interponer una demanda, que supone un desembolso económico superior y una mayor lentitud, pero aporta una fórmula ejemplarizante infinitamente de mayor calado que las anteriores medidas.
CONCLUSIÓN: NECESIDAD DEL DERECHO.
Todo esto converge en dos consecuencias necesarias:
- Es esencial:contar con derecho de marca registrado que nos proporcione el instrumento para actuar frente a las vulneraciones de terceros. Dado que si no hay derecho inscrito no tenemos nada.
- Es recomendable: contar con la asistencia de una Agencia de Patentes y Marcas especializada que permita diseñar la estrategia adecuada, ayudar a discernir qué referencias merece la pena atacar en la red y ejecutar las medidas oportunas.
A modo de ejemplo de lo relatado, este es el link donde pueden formularse reclamaciones por usos indebidos del google adwords:
https://services.google.com/inquiry/aw_tmcomplaint?hl=es
Y este un detalle del formulario donde nos piden identificar nuestra marca registrada:
En definitiva, las redes sociales son un arma poderosa que hay que evitar que caiga en manos




